Bonificación del 50% durante los tres periodos impositivos siguientes al de la fecha de finalización de las obras de nueva construcción, para los sujetos pasivos titulares de edificios destinados en su totalidad al alquiler de oficinas siempre que estas actividades económicas sean declaradas de especial interés o utilidad municipal. Ampliable al 75% si sus oficinas se alquilan a empresas que destinen un mínimo del 4% de su presupuesto anual a la innovación.