Ayudas para
la actividad económica y empleo

Ayudas para la actividad económica y empleo
IAE Empresas

Exención por inicio de actividad

Exención en el Impuesto sobre Actividades Económicas para los sujetos pasivos que inicien el ejercicio de su actividad en territorio español, durante los dos primeros períodos impositivos en que se desarrolla dicha actividad.

IAE Empresas

Bonificación por inicio de actividad empresarial

Bonificación del 50% el primer año y 25% cada uno de los cuatro años siguientes para aquellos obligados tributarios que inicien por primera vez actividades empresariales. La duración de la bonificación es de 5 años, contados a partir del ejercicio siguiente a aquél en que hubiese concluido el disfrute de la exención por inicio de actividades económicas.

IAE Empresas

Bonificación por inicio de actividad profesional

Bonificación del 50% de la cuota para quienes inicien el ejercicio de cualquier actividad profesional, durante los cinco años de actividad siguientes a la conclusión del segundo período impositivo de desarrollo de dicha actividad.

IAE Empresas

Bonificación por creación de empleo

Bonificación de hasta el 50% en la cuota anual del impuesto por incremento del promedio anual de la plantilla en el último período impositivo con relación al anterior, siempre que se trate de contratos indefinidos y con un mínimo de tres trabajadores.

IAE Empresas

Bonificación por establecimiento de plan de transporte para trabajadores

Bonificación de hasta un 50% de la cuota anual del IAE por establecimiento de un plan de transporte para los trabajadores que fomente el transporte colectivo.

IAE Empresas

Reducción en la cuota por afectación a la actividad por obras en la vía pública

La reducción en la cuota se llevará a cabo siempre y cuando las obras tengan una duración total superior a tres meses, y los locales donde se ejerzan las actividades se ubiquen en los tramos de las citadas vías afectados por las obras y las mismas produzcan una limitación y cierre de sus entradas al público así como una disminución de su actividad económica.

IAE Empresas

Exención por ser persona física o para aquellas personas jurídicas que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros

Exención en el IAE para los siguientes sujetos pasivos: personas físicas y personas jurídicas que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1 millón de euros.

IAE Empresas

Exención según artículo 15.2 Ley 49/2002

Exención de la cuota del IAE según lo contemplado en la Ley de Régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

IBI Empresas

Bonificación por Obras de Promoción Inmobiliaria

Bonificación del 50% para los inmuebles que constituyan el objeto de la actividad de las empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria, tanto de obra nueva como de rehabilitación equiparable a ésta, y no figuren entre los bienes de su inmovilizado.

IBI Empresas

Exención para centros docentes concertados

Exención en el pago de la cuota del IBI aplicable a los bienes inmuebles que se destinen a la enseñanza por centros docentes acogidos, total o parcialmente, al régimen de concierto educativo, en cuanto a la superficie afectada a la enseñanza concertada.

IBI Empresas

Exención para entidades sin fines lucrativos

Exención en el pago del IBI para los bienes inmuebles de los que sean titulares las entidades sin fines lucrativos conforme a lo establecido en la Ley 49/2002 y en el Real Decreto 1270/2003, excepto los afectos a explotaciones económicas no exentas del Impuesto sobre Sociedades.

IBI Particulares Empresas

Bonificación para los sujetos pasivos titulares de edificios destinados en su totalidad al alquiler de oficinas.

Bonificación del 50% durante los tres periodos impositivos siguientes al de la fecha de finalización de las obras de nueva construcción, para los sujetos pasivos titulares de edificios destinados en su totalidad al alquiler de oficinas siempre que estas actividades económicas sean declaradas de especial interés o utilidad municipal. Ampliable al 75% si sus oficinas se alquilan a empresas que destinen un mínimo del 4% de su presupuesto anual a la innovación. 

ICIO Particulares Empresas

Bonificación por obras de especial interés en zonas industriales

Bonificación del 75% de la cuota para las construcciones, instalaciones u obras que se promuevan con la intención de realizar actividades industriales, productivas o logísticas, situadas en zonas de la ciudad como polígonos, parques industriales o denominaciones equivalentes.

ICIO Particulares Empresas

Bonificación por Obras de Especial Interés que generen empleo de carácter indefinido

Bonificación del 20% en la cuota del impuesto aquellas construcciones, instalaciones u obras que sean realizadas para la mejora, ampliación o construcción de inmuebles que íntegramente se destinen al desarrollo de actividades económicas que generen empleo de carácter indefinido. Esta bonificación se ha incrementado a un 40% para los años 2022, 2023 y 2024.

ICIO Empresas

Bonificación por Obras de Especial Interés promovidas por organizaciones no gubernamentales u organizaciones no gubernamentales de desarrollo

Este tipo de obras tendrán una bonificación del 50%. La bonificación se elevará al 95% en el caso de que las construcciones, instalaciones u obras tengan como destino principal la asistencia, la educación o la integración social de determinados colectivos vulnerables.

ICIO Particulares

Bonificación por Obras de Especial Interés realizadas por jóvenes agricultores o ganaderos

Bonificación del 50% a las construcciones, instalaciones u obras realizadas por un joven agricultor o ganadero instalado o que pretenda instalarse bajo el Marco Nacional de Desarrollo Rural de España aprobado por la Comisión Europea.

AYUDAS Particulares

Tasa por la transmisión onerosa de titularidad de los quioscos situados en la vía pública

En los supuestos recogidos en los puntos 2 y 3 del artículo 10 de la Ordenanza Reguladora de Quioscos y otras instalaciones similares en la Vía Pública (que contemplan los casos de cesión voluntaria, jubilación, y declaración de incapacidad) se aplicará una reducción del 50% sobre la tarifa.