Bonificación por Obras de Especial Interés que generen empleo de carácter indefinido

Bonificación del 20% en la cuota del impuesto aquellas construcciones, instalaciones u obras que sean realizadas para la mejora, ampliación o construcción de inmuebles que íntegramente se destinen al desarrollo de actividades económicas que generen empleo de carácter indefinido. Esta bonificación se ha incrementado a un 40% para los años 2022, 2023 y 2024.

Bonificación por obras de especial interés en zonas industriales

Bonificación del 75% de la cuota para las construcciones, instalaciones u obras que se promuevan con la intención de realizar actividades industriales, productivas o logísticas, situadas en zonas de la ciudad como polígonos, parques industriales o denominaciones equivalentes.

Exención para entidades sin fines lucrativos

Exención en el pago del IBI para los bienes inmuebles de los que sean titulares las entidades sin fines lucrativos conforme a lo establecido en la Ley 49/2002 y en el Real Decreto 1270/2003, excepto los afectos a explotaciones económicas no exentas del Impuesto sobre Sociedades.

Exención para centros docentes concertados

Exención en el pago de la cuota del IBI aplicable a los bienes inmuebles que se destinen a la enseñanza por centros docentes acogidos, total o parcialmente, al régimen de concierto educativo, en cuanto a la superficie afectada a la enseñanza concertada.

Bonificación por Obras de Promoción Inmobiliaria

Bonificación del 50% para los inmuebles que constituyan el objeto de la actividad de las empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria, tanto de obra nueva como de rehabilitación equiparable a ésta, y no figuren entre los bienes de su inmovilizado.